Carles Cervantes
Síndic de Greuges de L'Escala
Se puede contactar/consultar el Síndic de Greuges en el mail sindic@lescala.cat
Nuestro ordenamiento jurídico define como un principio democrático el derecho de la ciudadanía a participar en la gestión de los asuntos públicos. La proximidad de los síndicos y defensores a la ciudadanía, la facilidad para ponerse en contacto, la asunción de más competencias por parte de los entes locales en materias persas y la creciente tendencia a buscar mecanismos que mejoren la protección de la ciudadanía ante la administración, son los aspectos que finalmente promueven la implantación de la Defensora en el ámbito local.
El Síndic de Greuges vela para que la ciudadanía pueda disfrutar de una buena administración local. El objetivo de la institución es la defensa de los derechos de la ciudadanía en el ámbito local, por lo que puede supervisar al Ayuntamiento. Su actuación supone examinar y resolver las quejas formuladas de acuerdo con los criterios de legalidad y de equidad. También puede actuar como mediador, siempre que las partes lo consientan, o bien proponer fórmulas de conciliación o acuerdo entre el Ayuntamiento y la ciudadanía.
El Síndic no es ningún juez por tanto no dicta sentencias, no impone sanciones ni puede suspender las actuaciones administrativas. Sus recomendaciones, sugerencias o resoluciones, basadas en el sentido común, en la equidad y la búsqueda del equilibrio del la proporcionalidad, favorecen un civismo responsable y activo, fortalecen el compromiso ético de nuestro Ayuntamiento y posibilitan la corrección de errores y disfunciones.
Cómo presentar una queja
Cualquier persona, empresa, entidad o asociación puede presentar una queja. Su presentación es independiente de la situación legal o de empadronamiento en la que se pueda encontrar la persona afectada.
La queja supone la manifestación de una disconformidad de un ciudadano o ciudadana frente a una actuación o DECISIÓN MUNICIPAL. También puede presentarse por la falta de actuación, respuesta o excesivo retraso a una petición o dentro de un procedimiento. En cualquier caso, la persona que presenta la queja entiende que alguno de sus derechos se ha podido vulnerar.
El objeto o motivo de la queja debe encontrarse dentro de las competencias propias y ámbito de decisión que tiene el Ayuntamiento.
La queja DEBE presentarse por escrito al Ayuntamiento VIA INSTANCIA.
Si la queja corresponde a la administración de la Generalitat debe presentarse al Síndic de Greuges de Catalunya y si corresponde a la administración del Estado deben presentarse al Defensor del Pueblo Español.
Cómo pedir cita con el Síndic de Greuges Municipal de l'Escala
Se puede pedir cita presencial con el Síndic de Greuges llamando a la OAC del Ayuntamiento al 972774848.
Siempre debe acompañarse la queja de los documentos, solicitudes, informes, instancias o resoluciones de que se disponga y que puedan servir para su análisis y resolución.
Límites
Como criterio general no pueden aceptarse quejas que no hayan sido presentadas previamente por los canales normalizados ante los servicios municipales a que corresponda o que se encuentren dentro de los plazos previstos en las normativas para recibir una respuesta o resolución.
El Síndic no podrá aceptar quejas sobre cuestiones generadas entre los particulares, que correspondan a ámbitos de regulación entre privados o sobre temas de consumo relacionados con empresas privadas.
No se aceptarán las quejas anónimas, las que puedan motivarse en la mala fe o aquellas en las que exista una manifiesta falta de cimentación. Tampoco se pueden aceptar las quejas que se encuentren pendientes de una resolución judicial, las que hayan sido presentadas y admitidas ante el Síndic de Greuges de Catalunya o el Defensor del Pueblo, o las que hayan sido presentadas como una demanda o recurso ante el administración de Justicia.